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Una reflexión desde la teoría de los derechos fundamentales sobre el uso secundario de los datos de salud en el marco del Big Data

El Big Data ofrece en el ámbito de la investigación en salud grandes oportunidades. La interrelación y explotación de los datos de salud, incluso, correlacionándolos con los no tradicionales, va a permitir avanzar en la lucha contra las enfermedades y a favor de la prevención y predicción en unos té...

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Published in:Revista de derecho político 2019-12 (106), p.43-75
Main Author: De Montalvo Jääskeläinen, Federico
Format: Article
Language:Spanish
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Description
Summary:El Big Data ofrece en el ámbito de la investigación en salud grandes oportunidades. La interrelación y explotación de los datos de salud, incluso, correlacionándolos con los no tradicionales, va a permitir avanzar en la lucha contra las enfermedades y a favor de la prevención y predicción en unos términos que seguramente no van a encontrar parangón en la Historia de la Medicina y de la humanidad. Sin embargo, el modelo en el que se han asentado tradicionalmente tanto la investigación en salud, el denominado paradigma Helsinki por referencia a la Declaración del mismo nombre, suscrita por la 18ª Asamblea Médica Mundial en 1964, como la propia regulación jurídica de la protección de los datos de salud parecen no mostrarse adecuados para poder aprovechar tales oportunidades. El equilibrio entre los riesgos para los derechos del individuo y los beneficios para el interés colectivo parece haberse transformado. Ello nos exige reflexionar sobre si cabe desarrollar un nuevo paradigma que permita conjugar las ventajas que para la salud tiene la investigación masiva de datos con la exigida protección de los derechos de las personas. Se trata, en definitiva, de optar, dentro de los márgenes que ofrece la regulación de la protección de datos, por el marco legal más adecuado, atendiendo a las novedades que, al respecto, ofrecen el Reglamento UE y la Ley Orgánica. Como sostenemos en nuestro trabajo, consideramos que el nuevo concepto de la  seudonimización ha de ocupar un papel principal dentro de este nuevo modelo.
ISSN:0211-979X
2174-5625
DOI:10.5944/rdp.106.2019.26147