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De la reforma constitucional y sus límites materiales : consideraciones desde la Teoría del Estadoy de la Constitución

El presente trabajo es un ensayo de Teoría Constitucional de la Reforma. Su tesis fundamental es la necesaria diferenciación, como punto de partida, entre el poder constituido de reforma y el Poder Constituyente, soberano, e ilimitado en el contenido de su voluntad. La reforma constitucional deriva,...

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Published in:Teoría y realidad constitucional 2012-06 (30), p.89
Main Author: Ruipérez Alamillo, Javier
Format: Article
Language:English
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Summary:El presente trabajo es un ensayo de Teoría Constitucional de la Reforma. Su tesis fundamental es la necesaria diferenciación, como punto de partida, entre el poder constituido de reforma y el Poder Constituyente, soberano, e ilimitado en el contenido de su voluntad. La reforma constitucional deriva, entonces, una operación, que si bien adapta la Constitución a las nuevas exigencias de la realidad social, garantiza a su vez la voluntad fundamental del Poder Constituyente, al que el poder de reforma se haya sometido. De ahí, se coligen una serie de consecuencias para la praxis constitucional, entre las cuales destaca el entendimiento de la reforma como una facultad sujeta a limites materiales, explicitos, cuando así lo establezca el Texto Constitucional mediante las llamadas clausulas de intangibilidad, e implicitos en todo caso.This paper is an essay of Contitutional Amend Theory. Its fundamental thesis is the necessary differentiation, as a starting point, berween the established power of reform and the sovereign and unlimited in the content of its will constituent power. Thus, the constitutional reform become in an operation that, while adapts Constitution to the new demands of social reality, guarantees, at the same time, the fundamental will of the Constituent power which the amending power is submitted. From there, a series of consequences are deduded for constitutional practice, including the compression of the reform as a faculty submitted to limits, explicit, when the Constitution provided through intangibility clarses, and implicit in any case.
ISSN:1139-5583
2174-8950
DOI:10.5944/trc.30.2012.7003